espacioseuropeos.com (6/12/2007)
Existen varios casos de funcionarios del CNI que han sido sometidos a procedimientos de investigación y sanción, que vulneran las garantías y los derechos constitucionales. La especial naturaleza de este servicio no puede justificar que se abran expedientes de investigación y de sanción administrativos sin control judicial, sin asistencia de letrado, sin conocimiento ni de la acusación ni de los acusadores, sin conocer la identidad del instructor.

Los datos que se deducen de alguno de estos expedientes de investigación y sanción son lo más lejano a los procedimientos propios de un estado democrático y constitucional de derecho, y lo más parecido a un proceso a caballo entre las aberraciones de los estados totalitarios y el proceso absurdo descritos por Kafka.

De acuerdo con la información facilitada por el diputado de Los Verdes, Francisco Garrido ha tenido conocimiento de algunos de estos casos. Entre esos procedimientos aberrantes, manifiesta, “este diputado ha tenido conocimiento de un expediente de investigación y de sanción contra la funcionaria doña MCP, funcionaria estatutaria permanente del Grupo A, adscrita al CNI”.

A lo largo del mismo, según ha sabido este diputado, se han podido vulnerar derechos y garantías básicas, que han ocasionado una situación subjetiva y objetiva de desamparo y de indefensión legal de esta funcionaria.

Con este motivo, el diputado Garrido ha presentado ante la Mesa del Congreso de los Diputados, las siguientes preguntas:

1. ¿Autoriza, el estatuto de personal del Centro Nacional de Inteligencia, la apertura de expedientes administrativos de investigación y sanción contra funcionarios y empleados del CNI secretos, con grave intromisión en la vida privada de los mismos, sin control judicial alguno y sin que se dé ninguna de las garantías administrativas y procesales que la ley establece?

2. ¿Se ha abierto un expediente de investigación, por parte del servicio de seguridad del CNI, contra doña MCP,, funcionaria estatutaria permanente del Grupo A, adscrita al CNI?

3. ¿En caso de haberse dado dicho expediente, puede detallar, el ministerio de Defensa, las causas y la resolución final del mismo?

4. ¿Cree, el ministerio, que pueden haberse dado situaciones de indefensión de esto funcionarios?

5. ¿Tiene previsto, el Gobierno, la modificación del actual estatuto del personal del CNI, para evitar situaciones como las descritas?

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