Las fronteras para salir del infierno.

España
Espacios Europeos (10/3/2018)
El Consejo de Ministros celebrado el viernes día 9 de marzo, se ha opuesto a la reserva formulada por Afganistán sobre el Protocolo contra el Tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire. Afganistán se había adherido al “Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales”, según la referencia del mencionado Consejo de Ministros.

El Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes es el único instrumento universal que aborda los aspectos de ese tráfico. El objetivo del mismo es “prevenir y combatir eficazmente el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, para lo que se requiere un enfoque amplio e internacional que conlleve la cooperación, el intercambio de información y la adopción de otras medidas apropiadas, incluidas las de índole socioeconómica, en los planos nacional, regional e internacional”. España forma parte de ese Protocolo desde el 1 de marzo de 2002.

Afganistán formó parte de ese Protocolo en febrero de 2017, formulando entonces una reserva en relación con el artículo 18 del mismo. El Protocolo entró en vigor para Afganistán el 4 de marzo de 2017, según refiere la misma fuente.

El Artículo 18 de ese protocolo se refiere a la repatriación de los migrantes objeto de tráfico ilícito, y en su punto 1), afirma: “Cada Estado Parte conviene en facilitar y aceptar, sin demora indebida o injustificada, la repatriación de toda persona que haya sido objeto de las conductas enunciadas en el artículo 6 del presente Protocolo y que sea nacional de ese Estado Parte o tuviese derecho de residencia permanente en su territorio en el momento de la repatriación”.

En otros puntos de ese artículo se dice: “Cada Estado Parte considerará la posibilidad de facilitar y aceptar la repatriación de una persona que haya sido objeto de las conductas enunciadas (…) A fin de facilitar la repatriación de toda persona que haya sido objeto de las conductas enunciadas en el artículo 6 del presente Protocolo y que carezca de la debida documentación, el Estado Parte del que esa persona sea nacional o en cuyo territorio tenga derecho de residencia permanente convendrá en expedir, previa solicitud del Estado Parte receptor, los documentos de viaje o autorización de otro tipo que sean necesarios para que la persona pueda viajar a su territorio y reingresar en él (…)  en la repatriación de una persona que haya sido objeto de las conductas enunciadas en el artículo 6 del presente Protocolo adoptará todas las medidas que proceda para llevar a cabo la repatriación de manera ordenada y teniendo debidamente en cuenta la seguridad y dignidad de la persona”.

La reserva de Afganistán es contraria al objeto y la finalidad del Protocolo –afirma la referencia del consejo-, “ya que excluye la aplicación del régimen de retorno de las personas que son víctimas del tráfico, lo que constituye uno de los elementos centrales de este instrumento. Por este motivo, al igual que lo habían hecho diversos países europeos y para poder preservar la seguridad de las víctimas de tráfico ilícito de migrantes, España objetó el 26 de diciembre de 2017 la reserva presentada por Afganistán”.

Unos dos millones de afganos llegaron a la UE en el año 2016
De acuerdo con las estadísticas de la UE (FRONTEX), 1,8 millones de afganos llegaron en el año 2015. La mayoría de ellos llegan a través de Grecia, y su destino preferido es Alemania o Suecia. Una parte importante de esa migración lo hace a través de Hungría. Otros  afganos abandonan su país y llegan a  la India, Rusia e, incluso, Cuba.