El Tribunal Supremo decide no descontar las condenas cumplidas en Francia a los presos etarras

El etarra Kepa Pikabea (Ministerio del Interior)

El etarra Kepa Pikabea (Ministerio del Interior)

España
espacioseuropeos (13/1/2015)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado –con criterio general- que las condenas cumplidas en Francia o en cualquier otro país de la Unión Europea por etarras no deben ser restadas a las impuestas en España. En la actualidad hay 80 presos de ETA que no podrán “tener rebajas” en sus condenas por los años pasados en cárceles francesas.

La decisión del TS lo ha sido por nueve votos frente a seis, quedando así desestimado el recurso del histórico etarra Kepa Pikabea Ugalde contra la negativa de la Audiencia Nacional de descontarle una condena de 10 años que ha cumplido en Francia.

Con toda seguridad la decisión del TS obligará a revisar la situación carcelaria de casi cincuenta presos de ETA y, sobre todo, las excarcelaciones y reducciones de condenas que fueron acordadas por la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional. En concreto, esa decisión fue tomada contra los etarras Francisco Múgica Garmendia, ‘Pakito’; Santiago Arrospide Sarasola, ‘Santi Potros’; Rafael Caride Simón y Alberto Plazaola Anduaga




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Editor y Director: Eugenio Pordomingo Pérez. Editado en Madrid. ISSN 2444-8826

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