thomas-lubangaMabel González Bustelo (29/1/2009)

LA JUSTICIA INTERNACIONAL DIO un paso histórico el 26 de enero de 2009. El Tribunal Penal Internacional (TPI) de La Haya abrió el juicio contra Thomas Lubanga, ex líder de la Fuerzas Patrióticas para la Liberación del Congo, por el reclutamiento forzoso de niños soldados.

 

Es la primera vez que la justicia internacional aborda esta cuestión gravísima que afecta a cientos de miles de niños y niñas en contextos de guerra de todo el mundo. Y no sólo es un gran paso por abordar la guerra de la República Democrática del Congo (RDC) –guerra y crisis humanitaria que, lamentablemente, siguen muy activas en el este del país–, sino por lo que supone de precedente.

 

Se trata de un aviso a navegantes, y deberían tenerlo en cuenta los responsables de Fuerzas Armadas y grupos armados no estatales de numerosos países que tienen en sus filas a niños reclutados forzosamente.

 

LA INFANCIA AFRICANA, LA MÁS VULNERADA

“Se trata de la primera vez en la historia del Derecho Internacional en que las víctimas toman parte directa en el proceso judicial”. Thomas Lubanga es enjuiciado por el reclutamiento forzoso de cientos de niños de entre 9 y 13 años, durante el periodo de la guerra de la RDC que transcurrió de 1998 a 2003. Su milicia era una de las tantas que entonces luchaba en la región de Ituri, al este del país, junto con diversas tropas estatales y no estatales de la propia RDC, Ruanda y Uganda. El fiscal del TPC, Luís Moreno Ocampo, aseguró que pedirá para él una pena muy dura (incluso cercana a la máxima, de treinta años). Y los menores que fueron reclutados, muchos de los cuales participarán en el juicio como testigos, recibirán compensaciones por los sufrimientos padecidos, y gozan de protección para evitar represalias. Se trata de la primera vez en la historia del Derecho Internacional en que las víctimas toman parte directa en el proceso judicial.

 

Cientos de miles de niños soldados han sido reclutados y obligados a luchar en conflictos de todo el mundo. La mayoría de ellos sufren tratos brutales, malas condiciones de salud y escasez incluso de comida. Se les utiliza para tareas especialmente peligrosas, como sembrar minas o explosivos, “Estos grupos gninos-soldados1eneralmente operan en zonas peligrosas a las que el acceso es difícil” y también para tareas de apoyo como correos, porteadores, o labores domésticas. Los intentos de deserción se castigan muy duramente, y especialmente en el caso de las niñas, son particularmente vulnerables a violaciones y abusos sexuales. En ciertos casos, se les obliga a cometer atrocidades contra su propia comunidad para que un eventual retorno en el futuro sea tarea imposible.

 

África es la región con mayor número de niños soldados, en Burundi, RDC, Ruanda, Somalia, Sudán, Uganda… En Asia están presentes en Myanmar (donde las Fuerzas Armadas reclutan forzosamente a niños desde los 12 años), Afganistán, Bangladesh, Tailandia, Filipinas, Sri Lanka y Nepal, entre otros lugares. En Oriente Medio se encuentran en Irán, Irak, los territorios ocupados palestinos y Yemen, mientras en Colombia se cree que unos 15.000 engrosan las filas de los distintos grupos armados.

 

LA ARISTA DE UN PROBLEMA MÁS GENERAL

Es muy difícil, incluso imposible, saber exactamente cuántos niños soldados existen en el mundo ya que los grupos armados son reacios a reconocer que los tienen en sus filas, y los esconden a la vista de observadores o de la comunidad internacional. Además estos grupos generalmente operan en zonas peligrosas a las que el acceso es difícil o imposible. “La vuelta de los menores a sus comunidades puede ser muy problemática ya que en ocasiones los rechazan”– En otros casos, al ser dedicados a tareas de apoyo no son visibles en las operaciones militares, o se hacen mayores mientras están en el grupo armado y sus años como niños soldados quedan en el olvido.

 

El reclutamiento forzoso, de todas formas, es sólo una arista de un problema más general, ya que muchos niños y jóvenes engrosan voluntariamente las filas de algún grupo armado (lo que no elimina la responsabilidad de éstos al aceptarlos). En ocasiones de esta forma se encuentra una forma de supervivencia en sociedades afectadas por la guerra y donde hay escasas o nulas alternativas. En otros la entrada se produce tras la muerte o huida de la familia, o por presiones del entorno. En el caso de las niñas pueden estar tratando de huir de un matrimonio forzoso o, paradójicamente, de abusos sexuales.

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“Si el juicio y la condena son ejemplares, es posible que algunos se lo piensen dos veces antes de incluir a menores en sus filas”. En los últimos años se han puesto en marcha en numerosos países que salen de un conflicto los llamados programas DDR (Desarme, Desmovilización y Reintegración de ex combatientes) y, en varios casos, se han diseñado programas específicos para los menores. Sin embargo, con demasiada frecuencia no reciben el acompañamiento internacional necesario ni los fondos adecuados. Además la vuelta de los menores a sus comunidades puede ser muy problemática ya que en ocasiones los rechazan. Una cuestión que suele surgir es por qué apoyar a menores que han cometido ellos mismos violaciones de derechos humanos y crímenes graves. Es decir, que se plantea el debate sobre si son víctimas o deben ser castigados. La respuesta de las organizaciones que combaten este fenómeno es clara: debe ser prioritario perseguir a los responsables antes que a ellos pero, si en algún caso se realizaran enjuiciamientos como forma de reparación a sus víctimas, se debe hacer respetando todas las normas internacionales sobre justicia para menores.

 

UN CAMBIO… ¿REAL?

El Estatuto del Tribunal Penal Internacional estableció por primera vez en la historia una institución permanente dedicada a juzgar crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio. Entre los primeros, se incluye el reclutamiento de niños menores de quince años en fuerzas armadas o grupos, o utilizarlos para participar activamente en hostilidades. El Tribunal utiliza por tanto los quince años como criterio para considerar la inclusión en esta categoría. Por su parte el Protocolo Adicional II de la Convención de Derechos del Niño, que entró en vigor en 2002, establece 18 años como edad mínima para participar en hostilidades o entrar en grupos armados. Los países que han firmado este protocolo aceptan, por tanto, restricciones adicionales.

 

El proceso que comenzó el 26 de enero de 2009 durará varios meses, durante los cuales serán oídos testigos de la acusación y la defensa (estos últimos, todavía desconocidos) y se analizarán numerosas pruebas. El paso es histórico, ya que un fenómeno gravísimo por el que hasta ahora no se exigían responsabilidades será por primera vez sometido a juicio. Es cierto que, como en muchos procesos ligados a la justicia internacional, puede argumentarse que estos procedimientos sólo afectan a los perdedores, o que los procedimientos tardan años en llegar. Pero, para la suerte de los miles y miles de niños soldados que ahora mismo luchan en muchas partes del mundo, puede significar un cambio real. Si el juicio y la condena son ejemplares, es posible que algunos se lo piensen dos veces antes de incluir a menores en sus filas.

 

N. de la R.

Mabel González Bustelo es periodista y analista de temas internacionales. Profesora de varios posgrados en universidades españolas (Facultad de Periodismo de la UCM, entre otras) y extranjeras. Colaboradora habitual de medios como Público, El Mundo, El Correo y numerosos medios audiovisuales. Ha trabajado en terreno como investigadora y consultora en Colombia, Ecuador, Angola, etc. Forma parte de la junta directiva del Instituto de Periodismo Preventivo y Análisis Internacional (IPPAI). Actualmente es responsable de la campaña de desarme de Greenpeace.

Este artículo se publica gracias a la gentileza de la autora y de Safe Democracy.