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SEPA (11/4/2012)
Dos empresas norteamericanas que buscan cobrar al Estado Argentino una suma cercana a los 300 millones de dólares, como resultados de juicios instruidos en el CIADI (Tribunal Arbitral del Banco Mundial), lograron que el Gobierno de Barack Obama elimine beneficios arancelarios que gozaba un reducido grupo de empresas argentinas.

El Presidente Obama dijo en un mensaje al Congreso de su país, que decidió quitar el tratamiento preferencial para las exportaciones de Argentina porque «…no actuó de buena fe en el cumplimiento de fallos arbitrales en favor de empresas norteamericanas».

«Yo determino que es apropiado suspender la designación de Argentina como país beneficiario bajo el SGP porque no actuó en buena fe en el cumplimiento de los laudos arbitrales en favor de empresas norteamericanas», dice el mensaje que remitió ayer Obama al Congreso. Los cambios entrarán en vigencia 60 días después de su publicación en el Registro Federal, el boletín oficial norteamericano.

El reclamo fue impulsado por el lobby de dos empresas: Azurix, ex concesionaria de agua potable y cloacas en 71 ciudades bonaerenses, y Blue Ridge, un fondo de inversión del Bank of America que se hizo cargo del reclamo de CMS Gas Transmission Company, accionista minoritaria de TGN.

El gobierno argentino, reconoció que los laudos del Ciadi «son finales y obligatorios» y manifestó que los inversores beneficiados por ellos deben iniciar a nivel local el procedimiento administrativo para su cobro, algo que no sucedió en el caso de esas e1mpresas.

Durante el 2011, la balanza comercial con Estados Unidos arrojó un saldo comercial negativo para la Argentina de 5.385 millones de dólares. «No pudimos poner carne en Estados Unidos, ni exportar un solo limón», dijo en declaraciones a la prensa la Presidenta Cristina Fernández, con malestar por la medida adoptada.

El gobierno nacional calificó la suspensión de «unilateral e incomprensible», y cuestionó la decisión por considerar que busca obligar al país a «tomar una decisión violatoria de las leyes nacionales sobre pagos de sentencias».

La decisión anunciada por la administración de Obama perjudica al 11 por ciento de los envíos al mercado norteamericano que no pagaban aranceles en el marco del denominado Sistema General de Preferencias (SGP) de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

El SGP es un sistema temporario y voluntario que permite a los países desarrollados otorgar concesiones unilaterales a países en desarrollo sin necesidad de extendérsela al resto del mundo.

Los exportadores argentinos canalizaron 477 millones de dólares a través del sistema, que benefició a commodities agrícolas y productos químicos frente a los mismos productos provenientes de otros países. La modificación reduce en 18 millones de dólares anuales las facilidades de acceso al mercado norteamericano.

La Cancillería informó que: «Argentina lamenta el intento de obligar a nuestro país a tomar una decisión violatoria de las leyes nacionales sobre pagos de sentencias. Leyes que fueron respetadas por todos quienes obtuvieron sentencias favorables contra el Estado argentino, incluyendo las víctimas de la dictadura que recibieron reparaciones del Estado por las violaciones a los derechos humanos sufridas durante el pasado régimen militar.»

El CIADI es un organismo internacional diseñado para proteger a los inversionistas privados, e implica una renuncia de parte de la jurisdicción soberana del Estado que lo adopte como instancia arbitral. Es un hecho que en las decisiones de este organismo no se encuentran precedentes que hayan fallado a favor de un Estado, lo cual ha generado críticas de juristas locales de diferentes naciones que han puesto en tela de juicio la decisión de incorporarse a este sistema arbitral.

barack-obamaMuchos ha observado que la finalidad pregonada por el organismo de favorecer la «seguridad jurídica» no se cumple de manera equilibrada y termina beneficiando a grandes consorcios y perjudicando a millones de personas en diferentes países del mundo.

Para resolver las controversias el CIADI toma como referencia los tratados bilaterales de protección de inversiones (TBIs o BITs en inglés) y el Convenio de Washington de 1966, constitutivo de éste organismo. Deja de lado toda otra normativa existente: ya fuera ésta del Estado receptor de la inversión (incluyendo su Constitución) o la normativa proveniente del Derecho Internacional Público (que incluyen por ejemplo, los Derechos Humanos). Ninguna norma por incumplimiento contractual o responsabilidades por daños producidos en la gestión de la inversión prevalece en el CIADI.

De esta forma una empresa transnacional que provea armas, insumos y financiamiento a una dictadura que secuestre, mate y torture a sus ciudadanos, está protegida por las normas del CIADI. Ocurrida que fuere la normalización institucional del Estado, las propias víctimas del terrorismo estatal y de la empresa cómplice de la anterior dictadura, terminarán pagando, literalmente muy caro, los instrumentos con que se los torturó. Ésta reducción al absurdo, permite la definición conceptual de «Protección de inversiones» que el organismo pregona y que aplica.

N. de la R.
Este artículo se publica con la utorización de Diario El Peso.


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