espacioseuropeos.com (4/4/2010)
El Tribunal Supremo ha condenado al Estado español a indemnizar con 111.317,93 euros a la hija de un recluso que murió en la cárcel de Alcalá-Meo a consecuencia de las puñaladas que recibió en el transcurso de una reyerta en los lavabos de uno de los módulos del centro penitenciario. Loas hechos tuvieron lugar el 15 de enero de 1995 en la cárcel de Alcalá-Meco (Madrid).
La sentencia del Tribunal Supremo entiende que los hechos que causaron la muerte al recluso son imputables a «un defectuoso funcionamiento del servicio público penitenciario».
Los magistrados del TS consideran que «el perjuicio económico y moral que origina el fallecimiento de su padre a su única hija tienen como causas el delito cometido por terceros desconocidos y el defectuoso funcionamiento del servicio público penitenciario», así como que el servicio público penitenciario no fue capaz de controlar y parar la reyerta en la que resultó muerto el padre de la joven reclamante. Asimismo, los magistrados han tenido en cuenta la presencia de armas blancas -fueron encontrados cuatro cuchillos en los lavabos-, con uno de los cuales «mataron a la víctima».
El Ministerio del Interior negó que el centro penitenciario tuviera responsabilidad algunas en los hechos. Por su parte, la Audiencia Nacional avaló la decisión de la Dirección General de Prisiones (Ministerio del Interior), pero la madre de la menor recurrió ante el Tribunal Supremo que le ha dado la razón después de 15 años. Ahora el Estado deberá indemnizar a su hija con la cantidad de 111.317,93 euros.
Aparte de que el Estado indemnice a los familiares de esta víctima, consideramos que debe haber algún responsable. Por ejemplo, Mercedes Gallizo, Directora General de Prisiones, que aparte de pedir más cárceles, no parece que su gestión sea todo lo satisfactoria que ella exigía en su etapa de sindicalista a los entonces responsables de prisiones.