Virtudes contra deberes

Sin Acritud…
Alberto Buela (19/7/2020)
Como respuesta a algunas observaciones que me han hecho, sobre todo desde el derecho, acerca de mi reciente libro Virtudes contra deberes, van estas líneas que pretenden ser aclaratorias.

El concepto clásico de virtud encuentra su fundamento en una metafísica que hoy ha sido abandonada, pero hay autores, como Gadamer, Aubenque o Berti, que lo han tratado de recuperar en su prístino sentido. Por consiguiente, la recuperación de este concepto fuera de su contexto supone dificultades conceptuales, no simplemente terminológicas.

En el intento de cada uno de los autores (sobre todo de lengua inglesa) de dar una definición de la virtud, sin un adecuado marco conceptual filosófico (ignorando 1700 años de investigación filosófica, de Aristóteles a Ockham), es comprensible que surjan discordancias y hasta contradicciones entre ellos. Si se intenta dar cuenta de la virtud extrayéndola de su verdadero contexto antropológico es fácil que se la reduzca a un mero elemento de cooperación con el obrar.

La base epistemológica de la argumentación jurídica actual tiene como fundamento la ética discursiva de Habermas y el concepto kantiano de racionalidad práctica, que tiene la pretensión de imparcialidad y de universalidad. Quien normaliza estas ideas para el derecho es Chaïm Perelman (1912-1984) con su teoría standard de la argumentación. No obstante la fama e imposición internacional de dicha teoría, la misma encierra una falla gravísima: deja de lado el contexto, tanto sea el carácter del orador o juez, la recepción del auditorio real o el juzgado, la situación particular del caso.

Se puede afirmar que la ética aretaica, en este sentido, encuentra su expresión adecuada en la definición de Quintiliano para quien la legitimidad de la retórica procede de la dignidad del que habla más que de la argumentación. En el caso del juez, la índole del que juzga.

Es que la judicatura imparcial y fría del racionalismo ilustrado es una creación de la razón no un producto de la realidad donde intervienen emociones y estados de ánimo tanto del juez como del orador y el auditorio. Las éticas de la virtud no desvinculan la razón de las emociones como hace la ética ilustrada.

Hay que intentar en toda circunstancia la realización humana del vir bonus=hombre bueno. Que no es lo mismo que el “buen hombre”, pues éste puede realizar una acción buena, ej., ayudar a un ciego a cruzar la calle, y cuando lo deja patear a un perro que pasa por la vereda.

En el hombre bueno, en el prudente, en el spoudaios, en el phronimós eso es imposible porque él es “el criterio de corrección” como enseñaba mi maestro Pierre Aubenque.

En definitiva, y este es el secreto profundo de la ética aretaica, el hombre es bueno, no porque realice actos buenos, sino porque él es bueno. La tautología, es bueno porque es bueno, es lo que hizo afirmar al gran Max Scheler que “el valor de la acción moral va de espaldas a la acción”. Y el que no entiende esto no entiende nada de ética y sería mejor que se ponga una pizzería.

N. de la R:
El autor es filósofo, escritor y profesor de la UBA (Argentina), que se define como Arkegueta, eterno comenzante.
Con estas interesantes “pinceladas” filosóficas de Buela y otros autores, contribuimos a que la filosofía y las lenguas clásicas no se olviden a pesar de los esfuerzos que hacen los gobiernos de España.