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(7/8/2011)congreso-de-los-diputados
La reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General fue aprobada por el Pleno del Congreso  con 321 votos a favor, 14 en contra y 9 abstenciones, y entrará  en vigor una vez que sea publicada en el Boletín Oficial del Estado. Bajo el argumento de que así se evita que formaciones políticas ilegales o que justifican y/o apoyan la violencia terrorista puedan utilizar nuevas vías políticas a través de procesos electorales, se oculta que también se trata de poner impedimentos a nuevos partidos o formaciones políticas.

Asimismo, la ley tiene prevista la posibilidad de que, después de la votación hasta la proclamación de electos, la Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal soliciten, ante la Sala Especial del Tribunal Supremo la suspensión cautelar de la proclamación de electos pertenecientes a candidaturas presentadas por partidos, por federaciones o coaliciones integradas por partidos contra los que se vayan a promover un procedimiento de ilegalización o un incidente de ejecución de sentencia de ilegalización en los quince días siguientes.

Otro aspecto que contempla la reforma electoral se refiere a aquellos partidos que no tuvieran representación en anteriores elecciones tendrán que recoger firmas del 0,1% del censo de cada municipio donde quiera presentarse; las firmas deben ser recogidas en «presencia de un fedatario público en los 20 días posteriores al anuncio de las elecciones a las Cortes Generales, antes incluso de su propia campaña electoral».

Las firmas, según la legislación, deben estar debidamente verificadas, lo que ello puede suponer un gasto adicional de unos 300.000 euros por partido o formación política, sin excluir los que se generen por desplazamientos a notarias.

No hay duda que esta ley es un auténtico cerrojazo a la creación de nuevos partidos políticos y a la participación ciudadana, y el Gobierno de España y la oposición se han dado mucha prisa en aprobarla.