Marruecos Carlos Ruiz Miguel (20/6/2011) Mohamed VI se ha dirigido a sus súbditos para presentarles eso que llama «Constitución». Intentaré explicar que estamos ante una farsa, en la forma y en el fondo. Lo cual, dicho sea de paso, era previsible. Más preocupante, sin embargo, es la presentación que algunos medios, y en particular el diario «El País» ha hecho de esta farsa. Preocupante porque la forma de presentar la farsa es algo que se acerca mucho a la complicidad con el majzen.I. NO ES UNA CONSTITUCIÓN POR LA FORMA DE SU ELABORACIÓN La teoría constitucional es clara al determinar que para que un texto reciba el nombre de «Constitución» formal debe ser elaborado por representantes de la nación designados expresamente por ésta. En su discurso de presentación de la sedicente «Constitución», Mohamed VI ha dicho:
por primera vez en la historia de nuestro país, hemos velado por que la Constitución sea obra de los marroquíes y para todos los marroquíes. Y sigue diciendo Mohamed VI:
invito a los partidos políticos, centrales sindicales y organizaciones de la sociedad civil, que con total libertad y compromiso han participado en forjar esta avanzada carta constitucional desde el principio hasta el final Falso. Hemos decidido crear un instrumento político cuyo cometido reside en el seguimiento, consulta e intercambio de opiniones respecto a la reforma propuesta, que comprende esencialmente a los presidentes de las formaciones políticas y sindicales así como al presidente de vuestra Comisión. En este marco, Hemos asignando la presidencia de tal instrumento a Nuestro Consejero Don Mohamed Moatassim Obsérvese que cuando dice «Hemos» hay que entender que dice «He» porque lo decide él solo. Estamos, por tanto, de acuerdo con el procedimiento formal de su elaboración, no ante una Constitución, sino ante la CARTA OTORGADA de un monarca absoluto. II. NO ES UNA CONSTITUCIÓN POR SU CONTENIDO 1- que se reconozca que el origen del poder radica en el pueblo o nación y 1- No hay soberanía nacional los principios de la soberanía de la Nación, la primacía de la Constitución -como origen de todos los poderes
Pero esas bellas palabras son sólo eso, palabras que están desautorizadas en el resto del discurso.
Por un lado, Mohamed VI se erige, él, en fiel guía y supremo árbitro; custodio de la opción democrática y del buen funcionamiento de las instituciones constitucionales Para que no haya dudas, en el discurso se dice claramente que las funciones de «garantía y árbitro» son «funciones soberanas» del rey. Por otro lado, el problema se agrava porque, como luego comentaré, esta «Constitución» establece una teocracia con un órgano, el Consejo Superior de los Ulemas que pone por encima de la Constitución la interpretación que Mohamed VI tenga a bien dar al Islam. 2- No hay separación de poderes 2.A. EL PODER EJECUTIVO SIGUE SIENDO DEL REY será elevada la categoría constitucional del «Primer ministro» que pasará a ser «Jefe del gobierno» y del órgano Ejecutivo, que será designado del partido que obtenga los mejores resultados en las elecciones a la Cámara de representantes; de este modo, el gobierno resultará de las elecciones generales directas Sin embargo, estamos ante una figura que no tiene poderes reales, porque el poder ejecutivo sigue siendo de Mohamed VI según el texto del propio discurso: El Rey tiene el poder de nombramiento, en el Consejo de ministros, a propuesta del jefe del gobierno y por iniciativa de los ministros concernidos, de algunos cargos públicos superiores, como los walis, gobernadores, embajadores y responsables de las administraciones de la seguridad interior y de las instituciones estratégicas nacionales. Hay que recodar que los nombramientos en los cargos militares dependen de la competencia exclusiva y soberana del Rey, Jefe Supremo y Jefe del Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas Reales. Para que no haya ninguna duda, Mohamed VI dice: Así pues, bajo la presidencia del Rey y por su iniciativa o a petición del Jefe del gobierno, se celebra el consejo de ministros No sé si alguien piensa de verdad que en el consejo de ministros va alguno a contradecir lo que diga el rey…. 2. B. EL PODER SUPRA-LEGISLATIVO SIGUE SIENDO DEL REY a propósito de su representación en la segunda cámara, Hemos decidido, en el marco de Nuestras funciones arbitrales, incluir en el proyecto una representación sindical adecuada, así como de las organizaciones profesionales y corporaciones empresariales nacionales 2.C. EL PODER JUDICIAL SIGUE SIENDO DEL REY pero la realidad es muy diferente porque se habla de la independencia judicial, por Nos garantizada Y para que no haya dudas Hallamos igualmente la creación del «Consejo superior del poder judicial», una institución constitucional presidida por el Rey III. MARRUECOS SIGUE SIENDO UNA TEOCRACIA: EL REY MANTIENE EL PODER RELIGIOSO, ADEMÁS DE TODOS LOS PODERES CIVILES el contenido viene a fundar un destacado modelo constitucional marroquí asentado en dos pilares complementarios: Por cierto, hay ya pruebas de sobra de cómo el autotitulado «emir de los creyentes» ha «garantizado» la libertad de cultos a los cristianos y a los musulmanes chiítas: no hace muchos meses que Marruecos expulsó a más de cien cristianos (norteamericanos, e incluso españoles). Pero el tema es más grave porque se quiere convertir al «Consejo de los Ulemas», que por supuesto está subordinado al rey, en una institución constitucional. Estamos ante una medida que acerca a Marruecos al modelo teocrático iraní. IV. Y, HOY COMO AYER, COMPLICIDADES CON LA FARSA Marruecos no va a ser ya una cuasi monarquía absoluta, aunque en la práctica no tan autoritaria La teocracia absoluta marroquí no ha cambiado. |
N. de la R.:
Este artículo se publica con la autorización de Carlos Ruiz Miguel, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela, que también se puede ver en Desde el Atlántico.